martes, 8 de marzo de 2016

Sociedad Androcéntrica y Patriarcal

La sociedad moderna se ha levantado y desarrollado bajo un orden o principio androcéntrico que le ha otorgado al hombre, todo el poder y protagonismo histórico. Hasta bien entrado el siglo XX, el espacio público era prácticamente de dominio exclusivo de los hombres, quienes ocupaban los cargos más importantes y de mayor poder, en las instituciones públicas y empresas, es decir, a nivel político y económico: presidentes, grandes empresarios. También eran admirados por su destreza física y valentía, convirtiéndose en héroes de guerra o en reconocidos y premiados deportistas. El talento artístico y la capacidad intelectual o científica, la llamada genialidad, como consta en las enciclopedias y libros de historia (historia burguesa, historia de la cultura blanca), era considerada también como algo relativo o relacionado directamente con el sexo masculino, es decir, como una cuestión o una cosa de hombres. Las mujeres intelectuales, científicas, deportistas o artistas, siempre quedaban relegadas, en un segundo plano, cuando no eran consideradas como una rareza o curiosidad, un complemento o elemento decorativo, siempre dependientes de la mirada, la lectura, visión y concepción que tenía de ellas el género masculino.
Pero el responsabilizar de tal manera al género masculino, es decir, a sólo una parte de la humanidad, de todas las acciones y decisiones de poder, es una carga muy pesada que arrojó consecuencias muy graves en el bienestar de dicha sociedad. Una de las consecuencias graves del androcentrismo que se puede señalar, es la invisibilidad de la otra parte del género humano. Y cuando decimos la otra parte, no nos referimos exclusivamente a las mujeres, ni a las mujeres blancas en específico, sino a todas las personas que no somos “Hombre Blanco Adulto Heterosexual”.
El hecho de que la sociedad moderna se construyera tomando en cuenta sólo los principios, valores y necesidades del Hombre Blanco Adulto Heterosexual, la convirtieron en una sociedad egocéntrica e individualista. La civilización occidental se mira y se considera a sí misma, como la “cultura correcta”, es decir, que considera que no existe otra forma, manera de ser, o de hacerlo mejor. Por supuesto que esta idea de considerarse “perfectos”, “omnipotentes” e “indestructibles”, hace y convierte a las personas en intolerantes, porque las predispone negativamente hacia lo diferente, concibiéndolo como algo equivocado, que no tiene sentido, ni razón de ser. ¿Qué hacemos con lo diferente? ¿Qué hacemos con el otro? Las respuestas que ha tenido la sociedad y cultura androcentrista para las anteriores cuestiones han sido varias: invisibilizar, dominar y eliminar:

La historia occidental está plagada de guerras, de luchas mundiales y de violaciones a los derechos humanos y culturales, en favor del control, la dominación y opresión de grupos humanos. El ejercicio de la ciudadanía constituyó en un principio, dentro de la sociedad occidental, un derecho exclusivo de la clase burguesa, la cual, estableció oficialmente sus códigos culturales para poder ejercer la ‘Ciudadanía Universal’
Poleo, Elba. (2004). La cultura y la construcción de la Ciudadanía Democrática Multicultural. Cuadernos Edumedia (5). Caracas. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. Págs. 55 – 56.

El materialismo y pragmatismo del mundo occidental, hoy día, con la crisis planetaria (económica, energética, alimentaria, climática), pareciera hacerse cada vez más insostenible. Es verdad que gracias al desarrollo de la ciencia y la tecnología, el ser humano ha sido capaz por ejemplo de llegar a la luna, de conectarse con millones de personas, a través del uso de la Internet, y de crear medicamentos y tratamientos para la cura de enfermedades; pero también es cierto que son muchas las pérdidas humanas, los daños ecológicos y la contaminación que ha sufrido el planeta, en aras del progreso. Luego de la segunda guerra mundial, de los traumas sociales causados por los crímenes de guerra, por los horrores del fascismo, la sociedad occidental comenzó a darse cuenta que el progreso tecnológico y científico, era un arma de doble filo; dicho desarrollo podía generar gran bienestar, pero a su vez, también era responsable de graves daños y crímenes contra la humanidad.
Uno de los valores más arraigados en nuestra sociedad, es la idea del progreso económico y el desarrollo tecnológico. La sociedad occidental contemporánea, se ha forjado bajo esta idea y este deseo. No hay país industrializado que no se sienta orgulloso de los alcances o avances logrados en cuanto a tecnología y poderío industrial. Pero la gran industrialización de los países ricos, como Estados Unidos o los países miembros de la Unión Europea, tiene su deuda en vidas humanas con África por ejemplo, porque unido a la Revolución Industrial y al dominio de Inglaterra en el siglo XIX, y al de Estados Unidos en el siglo XX, está el saqueo y explotación del continente africano y la esclavitud de sus habitantes, a quienes se les despojó de su condición de seres humanos, al ser tratados y considerados como unas bestias, por aquellos que habían creado “La Razón” y “Los Derechos Humanos”. Pero no sólo los esclavos africanos fueron víctimas de la Revolución Industrial, también fueron sus principales víctimas: hombres, mujeres y niños/as del continente europeo y americano. Sin embargo para los hombres que habían creado “La Ley”, La Justicia y la “Democracia”, todo funcionaba de una manera correcta, justa y democrática:

(…) hace un siglo, Tocqueville alababa las maravillas del sistema democrático estadounidense, enfatizando que, con la excepción de los esclavos, los sirvientes y los pobres mantenidos por los sistemas municipales, no habían nadie en Estados Unidos que no pudiera ser elector y participar, si bien de manera indirecta, en la formulación de las leyes. Lo que es interesante, es que para Tocqueville excluir a las mujeres, los esclavos, los sirvientes y pobres de la asistencia social –en otras palabras, más de la mitad de la población de Estados Unidos en aquel tiempo- no era una violación al ejercicio de los derechos democráticos de los individuos.
Torres, Carlos A. (2001). Democracia, Educación y Multiculturalismo. México. Siglo Veintiuno Editores. Pág. 195.


A finales de los años sesenta y principios de los setenta, la lucha por los derechos civiles de las “minorías”, protagonizaba la escena sociopolítica internacional. El mundo fue sacudido y convulsionado por las protestas, reivindicaciones y revoluciones sociales. El modelo burgués, de ciudadanía y de ciudadano(a), fue duramente criticado y cuestionado por las organizaciones civiles que abogaban por los derechos de las mujeres, jóvenes, negros, indígenas, obreros, campesinos, etc., porque dentro de esa idea de sociedad y ciudadanía, que el burgués, representado físicamente por el Hombre Blanco Adulto Heterosexual, había creado para sí, no se tomaba en cuenta ni se representaba, las diferentes necesidades, costumbres, valores, tradiciones, formas de vida, cultura, historia, cosmovisión o maneras de representación del mundo, de los demás grupos sociales y culturas.
Hoy, en las primeras décadas del siglo XXI, se puede decir que tanto la pluralidad como la diversidad, definen y caracterizan nuestra identidad, y nuestra manera de vivir la existencia. Y las mujeres, asumiendo y desempeñando un papel tan polifacético a lo largo de los últimos cincuenta años, tanto en la vida familiar como en la pública, han terminado por convertirse en un modelo de sujeto social pluralista: las mujeres de hoy somos tanto trabajadoras como amas de casa, profesionales, madres, esposas, compañeras de luchas sociales, etc. Todas estas cualidades caracterizan nuestro yo femenino (McRobbie, 1998). Las mujeres al asumir todos estos roles y posiciones, hemos cambiado considerablemente, los patrones sociales tanto femeninos como masculinos. 
Para Chantal Mouffe, el ser humano es de una cualidad dinámica y pluralista, por lo tanto no puede ser de de ningún modo etiquetado o estigmatizado como tradicionalmente lo ha hecho el pensamiento moderno, al definirlo como un ser universal de cualidades únicas y homogéneas. Mouffe, niega entonces, una única concepción del ser humano, así como una idea única de lo que es un "hombre" o una "mujer". Esta definición de identidad que formula la autora, es una concepción o modelo de individuo y por ende de sujeto social, que rompe con la definición clásica y burguesa, que lo define como un ser "único" y "homogéneo". Fianmente aclararemos que para Chantal Mouffe, "la identidad se debe vver como el producto de la interacción entre diferentes discursos que construyen la experiencia de un sujeto y las diferentes posiciones que definen esa experiencia".
Las mujeres de las parroquias y comunidades más populares de Venezuela, luchamos cada día para construir una identidad propia que difiera de la que se nos quiere imponer desde afuera. Somos personas libres, responsables y capaces de asumir el reto de la construcción de una identidad que realmente exprese todo nuestro potencial humano, que se hace evidente en la lucha, el trabajo y la valentía que demostramos diariamente las mujeres venezolanas. 



sábado, 5 de marzo de 2016

La Conquista de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Mujeres

La actriz Endry Cardeño en la película venezolana: "Cheila, una casa pa' maíta" (2009), escrita por Elio Palencia y dirigida por Eduardo Barberena 

Es gracias al Feminismo, a las distintas teorías feministas y a la lucha de las feministas por la conquista de los Derechos Humanos de las Mujeres, que hoy día, en distintos países del mundo, así como en Latinoamérica y Venezuela, se llevan a cabo políticas públicas y se cuentan con marcos jurídicos que defienden los derechos de las mujeres, como su derecho a una vida libre de violencia, y al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.

La conquista de los derechos humanos de las mujeres, se lo debemos a las feministas, y es gracias a las feministas, que incluso en muchos casos le ha costado su propia vida, como el emblemático caso de Olympes de Gouges, y su Declaración de los Derechos Humanos de la Mujer y la Ciudadana de 1791, cuya formulación le causó la muerte en la guillotina, que las mujeres y las ciudadanas del siglo XXI, gozamos y podemos disfrutar de dichos derechos.
La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), aprobada el 18 de diciembre de 1979, es un acuerdo internacional para la lucha y la defensa de los derechos de las mujeres. En éste se ratifica que las mujeres que integran la sociedad, tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades y aspiraciones sociales, políticas, económicas, culturales y cualquiera otra que sea inherente a su dignidad como persona.
También dicha convención reconoce que las mujeres han sido discriminadas, es decir, invisibilizadas y excluidas históricamente por las relaciones de poder que tradicionalmente han restringido la participación de las mujeres en la esfera pública. La CEDAW, define el concepto de discriminación hacia la mujer:

Artículo 1. La expresión discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

La CEDAW, entonces por un lado amplía y profundiza el concepto de derechos humanos, al develar las relaciones asimétricas de poder y poner en evidencia las desigualdades entre hombres y mujeres, en el goce y ejercicio de las libertades, de su dignidad como persona y de sus derechos humanos fundamentales, al dar y exponer su concepto sobre la discriminación contra la mujer. La CEDAW, también hace un énfasis muy especial en los derechos sexuales reproductivos: Los relacionados con la reproducción humana, el derecho a la procreación desde la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada, aprobada en 1957. En su apartado 2. Menciona que sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo I, supra, los Estados Parte, garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia. En su artículo 16, apartado e), se garantizan el derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos/as: los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre sus nacimientos, y a tener acceso a la información, la educación y los medios que le permitan ejercer estos derechos.

La CEDAW, protege entonces a la maternidad y a las mujeres embarazadas para procurarles y asegurarles un embarazo, un parto, posparto, lactancia y crianza del bebé, en las condiciones más favorables, sana y adecuada para estos momentos y procesos tan importantes y vitales en el ciclo de vida de las mujeres. Por otro lado en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, celebrada en El Cairo, Egipto, en 1994, se incorporan y establecen por primera vez, los Derechos Sexuales y Reproductivos (DSR), de manera explícita como parte de los demás derechos humanos. 

Derechos Sexuales y Reproductivos Fundamentales:
·       Derecho a condiciones ambientales, educacionales, nutricionales, afectivas y de salud apropiadas para el desarrollo de la vida humana.
·         Derecho a un ejercicio sexual placentero, autónomo e independiente de la reproducción y a disponer de información, educación y servicios que nos permitan tomar decisiones responsables.
·         Derecho a conocer y amar el cuerpo y los genitales.
·         Derecho al amor, la sensualidad y el erotismo.
·    Derecho a una relación sexual independiente de la edad, estado civil o modelo familiar, exenta de cualquier forma de violencia, abuso o coacción.
·      Derecho a una maternidad y paternidad, sana, responsable, voluntaria y sin riesgos, a decidirla y vivirla por elección y no por obligación.
·     Derecho a participar con igualdad de responsabilidades en la crianza de los hijos e hijas y a crear identidades más allá de los roles de género.
·    Derecho a una educación sexual oportuna, integral, laica, gradual, científica y con enfoque de género.
·         Derecho a servicios integrales de salud gratuitos y de calidad.
·         Derecho a la adopción y a tratamientos para la infertilidad de tipo integral.
·    Derecho a participar como ciudadanos y ciudadanas en el diseño, ejecución de políticas y programas de población y desarrollo.
·         Derecho a no tener actividad sexual.

Norma Oficial para la Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva. Tomo I.